Artículo 123 Apartado A y B: Diferencias
El Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece los derechos y obligaciones de los trabajadores, incluyendo las condiciones laborales y las relaciones entre trabajadores y patrones. Este artículo se divide en dos apartados: A y B, cada uno con características específicas.
Apartado A: Trabajadores al servicio del Estado
El Apartado A del Artículo 123 se aplica a los trabajadores al servicio del Estado. Esto incluye a los trabajadores de:
- Gobierno federal: Presidencia de la República, Poder Legislativo, Poder Judicial, etc.
- Gobiernos estatales: Legislaturas estatales, gobiernos municipales, etc.
- Entidades paraestatales: Petróleos Mexicanos (PEMEX), Comisión Federal de Electricidad (CFE), etc.
Diferencias clave del Apartado A:
- Regimen laboral especial: Los trabajadores al servicio del Estado están sujetos a un régimen laboral especial, establecido en la Ley Federal del Trabajo para los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo Federal.
- Limitaciones en el derecho de huelga: Los trabajadores al servicio del Estado tienen restricciones para realizar huelgas, con el fin de garantizar la continuidad de los servicios públicos.
- Mayor estabilidad laboral: Los trabajadores al servicio del Estado generalmente cuentan con mayores protecciones y estabilidad laboral, como por ejemplo, la imposibilidad de ser despedidos sin justa causa.
- Sistema de pensiones: El sistema de pensiones para los trabajadores al servicio del Estado está regulado por la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Apartado B: Trabajadores al servicio de particulares
El Apartado B del Artículo 123 se aplica a los trabajadores al servicio de particulares, es decir, a aquellos que trabajan para empresas privadas o personas físicas.
Diferencias clave del Apartado B:
- Derecho de huelga: Los trabajadores al servicio de particulares tienen el derecho de huelga como una herramienta para negociar mejores condiciones laborales.
- Contratación colectiva: El derecho de negociación colectiva permite a los trabajadores organizarse en sindicatos y negociar con sus patrones.
- Régimen laboral general: Los trabajadores al servicio de particulares están sujetos al régimen laboral general, establecido en la Ley Federal del Trabajo.
- Sistema de pensiones: Los trabajadores al servicio de particulares pueden acceder a diferentes sistemas de pensiones, incluyendo el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o esquemas privados.
Resumen de diferencias:
Característica | Apartado A (Servicio del Estado) | Apartado B (Servicio de Particulares) |
---|---|---|
Régimen laboral | Especial | General |
Derecho de huelga | Limitado | Garantizado |
Estabilidad laboral | Mayor | Menor |
Sistema de pensiones | ISSSTE | IMSS o privado |
Es importante destacar que tanto el Apartado A como el Apartado B del Artículo 123 buscan proteger los derechos de los trabajadores y garantizar condiciones de trabajo justas y dignas. Sin embargo, las diferencias en los regímenes laborales y las condiciones de trabajo entre ambos apartados reflejan las particularidades del sector público y el sector privado en México.