Articulo 123 Apartado A Y B Diferencias

5 min read Sep 05, 2024
Articulo 123 Apartado A Y B Diferencias

Artículo 123 Apartado A y B: Diferencias

El Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece los derechos y obligaciones de los trabajadores, incluyendo las condiciones laborales y las relaciones entre trabajadores y patrones. Este artículo se divide en dos apartados: A y B, cada uno con características específicas.

Apartado A: Trabajadores al servicio del Estado

El Apartado A del Artículo 123 se aplica a los trabajadores al servicio del Estado. Esto incluye a los trabajadores de:

  • Gobierno federal: Presidencia de la República, Poder Legislativo, Poder Judicial, etc.
  • Gobiernos estatales: Legislaturas estatales, gobiernos municipales, etc.
  • Entidades paraestatales: Petróleos Mexicanos (PEMEX), Comisión Federal de Electricidad (CFE), etc.

Diferencias clave del Apartado A:

  • Regimen laboral especial: Los trabajadores al servicio del Estado están sujetos a un régimen laboral especial, establecido en la Ley Federal del Trabajo para los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo Federal.
  • Limitaciones en el derecho de huelga: Los trabajadores al servicio del Estado tienen restricciones para realizar huelgas, con el fin de garantizar la continuidad de los servicios públicos.
  • Mayor estabilidad laboral: Los trabajadores al servicio del Estado generalmente cuentan con mayores protecciones y estabilidad laboral, como por ejemplo, la imposibilidad de ser despedidos sin justa causa.
  • Sistema de pensiones: El sistema de pensiones para los trabajadores al servicio del Estado está regulado por la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Apartado B: Trabajadores al servicio de particulares

El Apartado B del Artículo 123 se aplica a los trabajadores al servicio de particulares, es decir, a aquellos que trabajan para empresas privadas o personas físicas.

Diferencias clave del Apartado B:

  • Derecho de huelga: Los trabajadores al servicio de particulares tienen el derecho de huelga como una herramienta para negociar mejores condiciones laborales.
  • Contratación colectiva: El derecho de negociación colectiva permite a los trabajadores organizarse en sindicatos y negociar con sus patrones.
  • Régimen laboral general: Los trabajadores al servicio de particulares están sujetos al régimen laboral general, establecido en la Ley Federal del Trabajo.
  • Sistema de pensiones: Los trabajadores al servicio de particulares pueden acceder a diferentes sistemas de pensiones, incluyendo el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o esquemas privados.

Resumen de diferencias:

Característica Apartado A (Servicio del Estado) Apartado B (Servicio de Particulares)
Régimen laboral Especial General
Derecho de huelga Limitado Garantizado
Estabilidad laboral Mayor Menor
Sistema de pensiones ISSSTE IMSS o privado

Es importante destacar que tanto el Apartado A como el Apartado B del Artículo 123 buscan proteger los derechos de los trabajadores y garantizar condiciones de trabajo justas y dignas. Sin embargo, las diferencias en los regímenes laborales y las condiciones de trabajo entre ambos apartados reflejan las particularidades del sector público y el sector privado en México.

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